Los efectos devastadores de la DANA que ha asolado parte del Levante español y ha provocado centenares de víctimas mortales en Valencia, y también en Albacete y Málaga, hace que aún no sea posible cuantificar la magnitud del desastre.
Los esfuerzos de los servicios de emergencias y de la sociedad civil se centran ahora en las labores de rescate, localización de desaparecidos y en la atención a los supervivientes, que, en estos trágicos momentos, es la absoluta prioridad.
Sin embargo, la estela de destrucción que han dejado las lluvias torrenciales a su paso, y que han afectado gravemente a viviendas, infraestructuras y vehículos, hará que, en pocos días, miles de personas tengan que enfrentarse también a la tarea de reclamar los daños sufridos.
Estos son los aspectos básicos que debes conocer si, por desgracia, eres una de las víctimas del temporal más mortífero acaecido en España en lo que va de siglo.
En los daños causados por eventos catastróficos como inundaciones, terremotos o erupciones volcánicas, es el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS), entidad pública dependiente del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, el organismo encargado de indemnizar a los afectados.
Desde CSIF te informamos sobre cómo gestionar las indemnizaciones del Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) ante las recientes inundaciones en Valencia.
— CSIF CV (@CSIFCV) October 31, 2024
El CCS indemnizará los daños a personas y bienes asegurados.
Para iniciar la solicitud, a al 900 222 665 pic.twitter.com/a5U2INt9TI
El CCS se financia a través de un exceso de prima que las compañías cobran en cada seguro de hogar o coche, precisamente para poder dar una respuesta en este tipo de acontecimientos extraordinarios y extremos.
Lo primero a tener en cuenta en que la CCS, solo responde si el damnificado tenía contratado un seguro previamente (al menos, desde una semana antes del siniestro) y está al corriente de pago.
No hace falta que sea declarada la zona catastrófica para empezar las gestiones. Los afectados ya pueden dar parte a su aseguradora o al CCS, que tiene operativo el teléfono 900 222 665 para tramitar las reclamaciones. También es posible hacerlo de manera telemática mediante el envío de un formulario en la web de este organismo.
Habrá que estar atentos a los plazos, que normalmente son de siete días desde que se produce el siniestro. Sin embargo, en un suceso extraordinario como este, se suele ampliar en atención a que algunas zonas pueden seguir incomunicadas por los efectos del temporal.
Cuando el Consorcio reciba el parte del siniestro, buscará un perito que acudirá al lugar de los hechos para evaluar los daños. Hay que tener en cuenta que, dada la magnitud de la tragedia en Valencia, la visita de los peritos se puede demorar.
#Siniestros #Consorciables #Inundaciones #Dana
— mediadoressegurosva (@cmsvall) October 31, 2024
a con el MEDIADOR DE SEGUROS de tu póliza te ayudará a tramitar el siniestro.
Nota que nos facilita el Consorcio de Compensación de Seguros pic.twitter.com/qjAigW1eN8
Para facilitar los trabajos de evaluación de los peritos, es importante no deshacerse de ningún mueble que haya resultado dañado. Si es necesario realizar alguna reparación de urgencia, hay que conservar las facturas para poder reclamar su importe después.
Las indemnizaciones dependerán de lo que los afectados tuvieran establecido en sus seguros privados. Es decir, se tendrán en cuenta los bienes, el capital asegurado y el resto de condiciones que estén establecidas en la póliza del seguro para estas situaciones.
El Consorcio de Compensación de Seguros cubre los daños por inundación extraordinaria, siempre que la propiedad o persona esté asegurada.
— Consumo Responde (@consumoresponde) October 31, 2024
Llama al 900 222 665 o realiza la solicitud en la web del CCS.
Amplía información aquí https://t.co/Qbr7r4I5tW#Temporal #DANA pic.twitter.com/hJ1jMjLg1E
A tener en cuenta: en el caso de daños ocasionados por el granizo, únicamente se cubrirán si el vehículo incluía la cobertura de rotura de lunas o de daños propios (cristales y chapa).
El hecho de carecer de seguro, ¿significa que estas personas no recibirán ninguna ayuda? No necesariamente.
Quienes carezcan de póliza o incluso tengan un infraseguro, podrían recibir ayudas extraordinarias aprobadas por las istraciones por el fallecimiento de familiares o para ayudar a sufragar los daños. Sucedió, por ejemplo, en el caso de los terremotos de Lorca, en la Región de Murcia, de 2011.
En este último caso, hay que tener muy en cuenta que no se trata de ayudas a fondo perdido, sino de subvenciones públicas. Por ello, será muy importante ceñirse al contenido de los decretos de ayuda, que deberán explicar claramente las condiciones para beneficiarse de ellas y, especialmente, el modo de justificarlas.
Las ayudas públicas son compatibles con las indemnizaciones derivadas de un seguro, pero, en ningún caso, el importe total de todos los pagos pueda superar el valor del daño producido.
En el caso de Lorca, más de cuatro años después de los seísmos, las istraciones iniciaron un proceso de reintegro masivo de las ayudas concedidas en su momento, que afectó a 5300 familias, a las que se obligaba a devolver las cantidades ingresadas en sus cuentas corrientes más los intereses de demora generados.
El motivo es que no habían justificado adecuadamente las indemnizaciones recibidas. La realidad es que los damnificados, la mayoría nada familiarizados con el lenguaje técnico ni con complejos procedimientos burocráticos, no recibieron la información necesaria por parte de los organismos encargados de gestionarlas.